jueves, 24 de noviembre de 2016

PRIVACIDAD, PROTECCIÓN DE DATOS Y CIBERDELELITOS (TICS)


31 de octubre del 2016

PRIVACIDAD
  • Se refiere a controlar quien puede tener acceso a la información que posee un determinado usuario que se conecta a Internet
  • Internet, nadie la posee ni la controla
  • Las actividades que se pueden suponer privadas en realidad no lo son, ya que no existe ninguna actividad en línea que garantice la absoluta privacidad
PROTECCIÓN DE DATOS 
Se ubica dentro del campo de estudio del derecho informativo. Se trata de la garantía o la facultad de control de la propia información frente a su tratamiento automatizado o no, es decir, no sólo a aquella información albergada en sistemas computacionales, sino en cualquier soporte que permita su utilización: almacenamiento, organización y acceso. En algunos países la protección de datos encuentra reconocimiento constitucional, como derecho humano y en otros simplemente legal.
CIBERDELITOS 
Es toda aquella acción antijurídica y culpable, que se da por vías informáticas o que tiene como objetivo destruir y dañar ordenadores, medios electrónicos y redes de Internet. Debido a que la informática se mueve más rápido que la legislación, existen conductas criminales por vías informáticas que no pueden considerarse como delito, según la “teoría del delito”, por lo cual se definen como abusos informáticos (los tipos penales tradicionales resultan en muchos países inadecuados para encuadrar las nuevas formas delictivas ), y parte de la criminalidad informática.


No hay comentarios:

Publicar un comentario